jueves, 4 de noviembre de 2010

Sociedad

La declaración de un nuevo testigo reabre el caso Meño
 
Hoy en la sala primera de lo civil del Tribunal Supremo se ha revisado el caso de Antonio Meño, en estado vegetativo desde hace veintiún años por una negligencia médica. El Supremo ha reabierto el caso por la declaración de un nuevo testigo, el doctor I.F.G., quien había estado como facultativo en prácticas en la sala de operaciones donde se realizaba la rinoplastia a Meño. Este testigo aparece gracias a un encuentro fortuito ocurrido el pasado mes de febrero con la familia Meño en la plaza de Jacinto Benavente, lugar donde viven en una tienda de campaña desde el año 2008 como protesta ante la resolución del Supremo que exculpó de lo ocurrido a la clínica y como consecuencia del gasto al que tuvieron que hacer frente tras la condena, 400.000 euros por los costes del juicio.

Antonio Meño junto a sus padres en el Tribunal Supremo.

El doctor, I.F.G., para formalizar su declaración entregó días después del encuentro una carta al abogado de la familia en la que aseguraba su presencia en la operación de Meño, lo que le posibilitó ver cómo las pulsaciones del joven se alteraban en una pantalla una vez que el anestesista ya no estaba en el quirófano. “El tubo de anestesia endocraneal se había desconectado y tras intentar ventilar al paciente con oxígeno puro lo dejaron en coma barbitúrico y pasó a la UVI”, escribió en el documento que entregó al letrado familiar, Luis Bertelli.

El abogado pidió al Supremo que revisara la sentencia de 2008 después de conocer este testimonio. Por su parte el fiscal mandó un escrito al Tribunal valorando que el testimonio era un indicio de ocultación de pruebas por parte de la clínica que realizó la operación, Nuestra Señora de la América ubicada en Madrid, ya que con esta nueva prueba “se podía haber dado lugar a una sentencia totalmente distinta”.

Cuando se conoció la petición de la familia de revisar el caso, la defensa de los demandados cuestionó la credibilidad del testigo y afirmó que en la vista oral que se ha celebrado hoy “no se ha podido probar que hubiera manipulación de pruebas” y que por tanto sus clientes “deben ser absueltos”.




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